lunes, 2 de diciembre de 2013

¿Cómo saber qué vino comprar?



Desde Más Que Gourmet, y con el afán de aportar nuestro granito de arena en el conocimiento inicial de los vinos, hemos querido hacer un breve resumen de las principales características de estos caldos.

Para ello, nuestra colaboradora y experta en I+D en alimentación, Beatriz Escudero, nos ofrece algunas consideraciones iniciales a la hora de elegir el vino, explicando las diferencias en función de su variedad, calidad y gustos.

Por su COLOR, y como consideración inicial, nos encontramos los blancos, rosados y tintos. 

Por su CARÁCTER, encontramos inicialmente dos grupos: los vinos espumosos, es decir, aquellos que presentan gas carbónico, y los que definimos como vinos tranquilos, lógicamente aquellos que no lo presentan de forma sensible. Dentro de ambos grupos observamos, en base a su contenido en azúcar, los vinos secos que son aquellos que no contienen azúcar, los semidulces o abocados y los dulces, con contenido en azúcar, ya de forma natural o por adición. 

Por su CONTENIDO EN ALCOHOL, hablamos de vinos de mesa -aquellos de graduación no superior a los 14,5º- y vinos de licor, licorosos, generosos o fortalecidos, en los que su porcentaje de alcohol en volumen iría aproximadamente desde los 15º a los 23º. 

Por su ENVEJECIMIENTO, hablamos de vino noble, sometidos a un periodo mínimo de envejecimiento de 18 meses, vino añejo, envejecimiento de 24 meses y vino viejo, 36 meses envejeciendo.

Por el GRADO DE EXIGENCIA en los procesos de elaboración. Tras su ingreso en la unión europea, España se ajusta a la normativa comunitaria a este respecto, clasificando los distintos tipos de vino en dos grandes categorías, los vinos de mesa (VDM) y los vinos de calidad producidos en una región determinada (VCPRD).


Hablemos en primer lugar de los segundos, los vinos de calidad producidos en una región determinada, donde encontramos diferentes categorías, expresadas de mayor a menor calidad y basadas en un mayor nivel de exigencia legal.


Vinos de pago: Es la categoría superior en la que podemos encontrar a un vino, desde la perspectiva legal. 
En este terreno su consideración y legislación constituyen una novedad que aporta la ley de la viña y el vino. Se trata de vinos de reconocido prestigio que presentan, como valor fundamental, la personalidad exclusiva del terruño, de una finca (pago), es decir, un paraje o sitio rural determinado -con personalidad y características propias- que los diferencie de otros entornos. 
La producción y comercialización se enmarca en un sistema de calidad integral que cumple, como mínimo, con los requisitos de aplicación a las Denominaciones de Origen Calificadas (DOC). Además, su elaboración y embotellado debe realizarse en la bodega del pago o en el término municipal en el que se encuentre.

Vinos con denominación de origen calificada (DOC): En esta categoría se agrupan aquellos vinos que han alcanzado y demostrado una alta cuota de calidad durante un largo periodo de tiempo, entre sus requisitos se encuentran:
  • Aquellos indicados para la categoría de vinos con denominación de origen. 
  • Que hayan transcurrido, cuanto menos, diez años desde su reconocimiento como denominación de origen. 
  • Que todo el producto amparado se comercialice embotellado desde las bodegas situadas en la zona de producción. O bien siguiendo un sistema de calidad desde su organismo de control. 
Vinos con denominación de origen (DO):  Es una forma de preservar la calidad, identidad y diversidad de los vinos. Estos vinos vienen a acaparar algo más de la mitad del viñedo dedicado a vinificación. 
Son vinos de prestigio procedentes de una zona de producción delimitada y que considera distintos parámetros de calidad y tipicidad:
  • Delimitación de la zona geográfica
  • Variedades de uva autorizada
  • Rendimiento por hectárea  
  • Método de elaboración y de crianza 
  • Controles analíticos y sensoriales
Para poder acogerse en este estatus, estos caldos deberán haber pasado, al menos, 5 años en la categoría de vinos de calidad con indicación geográfica. 
Vinos de calidad con indicación geográfica:
Están elaborados en una región determinada y con uvas procedentes de la misma.
Su calidad o características se deben al medio geográfico, al factor humano o a ambos, en lo que se refiere a la producción de la uva, a la elaboración del vino o a su envejecimiento.
Se identificar mediante una mención de vino de calidad de…, seguida del nombre del lugar donde se produzcan
Dentro de la categoría de vinos de mesa, encontramos dos calificaciones:

Vinos de la tierra: Son vinos con mención a la zona geográfica delimitada de procedencia de las variedades de vid con la que están elaborados. La homologación reciente en España de este tipo de vinos supone un activo comercial y cualitativo importante para un amplio porcentaje de vinos no amparados en denominación de origen.
Estos caldos se someten a controles de calidad que permiten indicar en sus etiquetas origen, añadas y sistema de elaboración, aquello que se prohíbe para los vinos de mesa. El hecho de referir el origen, poder emplear un amplio catalogo de variedades, no estar sujetos a sistemas de elaboración y crianza y poder embotellar fuera de su zona de producción, supone para muchos elaboradores una opción comercial más sugerente

Vinos de mesa: En la base de la pirámide encontramos los vinos de mesa, que acaparan, aunque con tendencia descendente, el mayor volumen del mercado. La legislación les obliga a hacer mención en la etiqueta de la variedad de uva, añada, y un método de producción.

Beatriz Escudero es técnico en I+D en alimentación y especialista en maridaje de chocolates y vinos.

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